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LA IGUALDAD DE GÉNERO
Francisco de Borja Rodríguez Álamo
IGUALDAD DE GÉNEROS
¿QUÉ ES LA IGUALDAD?
El artículo 14 de la Constitución española
proclama el derecho a la igualdad y a la no
discriminación por razón de sexo. Por su
parte, el artículo 9.2 consagra la obligación
de los poderes públicos de promover las
condiciones para que la igualdad del
individuo y de los grupos en que se integra
sean reales y efectivas.
¿QUÉ ES LA IGUALDAD?
Índice:
1. Marco legal
2. La igualdad en los
centros
3.¿Qué podemos mejorar?
¿QUÉ ES LA IGUALDAD?
1. MARCO LEGAL
La ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de
mujeres y hombre.
Establece el marco por el que se regula la igualdad de género en los
diversos ámbitos de nuestra sociedad.
En el Preámbulo se establece que la violencia de género, la
discriminación salarial, la discriminación en las pensiones de viudedad, el
mayor desempleo femenino, la todavía escasa presencia de las mujeres
en puestos de responsabilidad política, social, cultural y económica, o los
problemas de conciliación entre la vida personal, laboral y familiar
muestran cómo la igualdad plena, efectiva, entre mujeres y hombres,
aquella «perfecta igualdad que no admitiera poder ni privilegio para
unos ni incapacidad para otros», en palabras escritas por John Stuart Mill
hace casi 140 años, es todavía hoy una tarea pendiente que precisa de
nuevos instrumentos jurídicos.
1. MARCO LEGAL
En el Artículo 1 se establece el Objetivo de la Ley: las mujeres y los hombres son
iguales en dignidad humana, e iguales en derechos y deberes. Esta Ley tiene por
objeto hacer efectivo el derecho de igualdad de trato y de oportunidades entre
mujeres y hombres, en particular mediante la eliminación de la discriminación de la
mujer, sea cual fuere su circunstancia o condición, en cualesquiera de los ámbitos
de la vida y, singularmente, en las esferas política, civil, laboral, económica, social y
cultural para, en el desarrollo de los artículos 9.2 y 14 de la Constitución, alcanzar
una sociedad más democrática, más justa y más solidaria.
A estos efectos, la Ley establece principios de actuación de los Poderes Públicos,
regula derechos y deberes de las personas físicas y jurídicas, tanto públicas como
privadas, y prevé medidas destinadas a eliminar y corregir en los sectores público y
privado, toda forma de discriminación por razón de sexo.
1. MARCO LEGAL
Y en su Artículo 3, se establece que el principio de
igualdad de trato entre mujeres y hombres supone la
ausencia de toda discriminación, directa o indirecta,
por razón de sexo, y, especialmente, las derivadas de
la maternidad, la asunción de obligaciones familiares
y el estado civil.
Si bien la Ley se centra en el ámbito laboral y en las
relaciones laborales, también atiende a otros
ámbitos, incluidos los formativos y familiares. De
hecho aparece recogida la no discriminación por
razones de embarazo o maternidad.
TODOS SOMOS IGUALES
2. LA IGUALDAD EN LOS CENTROS
Desde los centros educativos se pueden tomar
ciertas iniciativas para fomentar y educar en este
valor fundamental de nuestra sociedad. Por ello,
es importante tomar medidas en el siguientes
ámbitos:
2. LA IGUALDAD EN LOS CENTROS
• Uso de recursos materiales de manera
igualitaria.
• Composición equilibrada de número de
alumnas y alumnos por nivel.
• Índices de resultados escolares por sexos y
realización de estudios de causas.
• Proporción equilibrada de alumnos y
alumnas en el Consejo Escolar y en las
asociaciones de alumnos/as.
2. LA IGUALDAD EN LOS CENTROS
• Ausencia de violencia de género y sexismo
en el aula.
• Tratamiento igualitario del alumnado en
todas las asignaturas. Expectativas igualitarias
en cuanto a su rendimiento.
• Uso del lenguaje igualitario en las aulas por
parte del profesorado y del alumnado.
• Participación en talleres de Igualdad y
Prevención de Violencia.
2. LA IGUALDAD EN LOS CENTROS
Una escuela igualitaria tiende a:
• Uso de los espacios comunes de manera igualitaria.
• Composición del claustro: distribución equilibrada de
mujeres y hombres por niveles y materias.
• Evaluación del sexismo en los materiales/recursos del
centro eliminación de aquellos materiales/recursos
sexistas.
• Composición equilibrada de mujeres y hombres en
cargos de responsabilidad.
TODOS SOMOS IGUALES
Esta foto de Autor desconocido está bajo licencia CC BY-SA
3. ¿QUÉ PODEMOS MEJORAR?
En su Artículo 24, la Ley 3/2007, establece que
desde los las Administraciones educativas
garantizarán un igual derecho a la educación de
mujeres y hombres a través de la integración activa,
en los objetivos y en las actuaciones educativas, del
principio de igualdad de trato, evitando que, por
comportamientos sexistas o por los estereotipos
sociales asociados, se produzcan desigualdades
entre mujeres y hombres.
Y en el ámbito de sus respectivas competencias,
desarrollarán, con tal finalidad, las siguientes
actuaciones:
3. ¿QUÉ PODEMOS MEJORAR?
a) La atención especial en los currículos y en todas las etapas
educativas al principio de igualdad entre mujeres y hombres.
b) La eliminación y el rechazo de los comportamientos y contenidos
sexistas y estereotipos que supongan discriminación entre mujeres y
hombres, con especial consideración a ello en los libros de texto y
materiales educativos.
c) La integración del estudio y aplicación del principio de igualdad en
los cursos y programas para la formación inicial y permanente del
profesorado.
d) La promoción de la presencia equilibrada de mujeres y hombres en
los órganos de control y de gobierno de los centros docentes.
e) La cooperación con el resto de las Administraciones educativas para
el desarrollo de proyectos y programas dirigidos a fomentar el
conocimiento y la difusión, entre las personas de la comunidad
educativa, de los principios de coeducación y de igualdad efectiva
entre mujeres y hombres.
f) El establecimiento de medidas educativas destinadas al
reconocimiento y enseñanza del papel de las mujeres en la Historia.
3. ¿QUÉ PODEMOS MEJORAR?
Vocabulario: a través de los cuales excluimos al colectivo femenino
Masculinos genéricos a través de los cuales excluimos al colectivo femenino.
Refranes sexistas a través de los cuales se denigra a las mujeres (“Los hombres son
demonios, eso dicen las mujeres; pero todas están deseando que el demonio se las
lleve”).
Duales aparentes a través de los cuales se denigra a las mujeres (zorra- zorro,
hombre público-mujer pública), mediante vocablos que al cambiar de género
gramatical adquieren una connotación muy negativa.
Profesiones y cargos en masculino o en femenino utilizándose
independientemente del sexo de la persona, a través de los cuales se invisibiliza
una parte de la sociedad y se fomentan ciertas profesiones y status para uno y otro
sexo (gestor, director, enfermera, ama de casa).
3. ¿QUÉ PODEMOS MEJORAR?
• En la orientación académica y profesional es
fundamental el uso de figuras de mujeres y hombres
que trabajen en todo tipo de profesiones.
• Presenta ejemplos de mujeres y hombres en
profesiones tradicionalmente no asignadas a su sexo y
con roles y personalidades variadas: mujeres activas
emprendedoras y hombres tiernos cuidadores que
rompan con el sexismo.
• Analiza el libro de texto que utilizas y las profesiones
que sustentan hombres y mujeres, observa en qué
medida hombres y mujeres son presentados como
personas con las mismas cualidades y destrezas.
FINAL
TODOS SOMOS
IGUALES
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1.3. Una pechakucha sobre temas delicados

  • 1. LA IGUALDAD DE GÉNERO Francisco de Borja Rodríguez Álamo
  • 3. ¿QUÉ ES LA IGUALDAD? El artículo 14 de la Constitución española proclama el derecho a la igualdad y a la no discriminación por razón de sexo. Por su parte, el artículo 9.2 consagra la obligación de los poderes públicos de promover las condiciones para que la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas.
  • 4. ¿QUÉ ES LA IGUALDAD? Índice: 1. Marco legal 2. La igualdad en los centros 3.¿Qué podemos mejorar?
  • 5. ¿QUÉ ES LA IGUALDAD?
  • 6. 1. MARCO LEGAL La ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombre. Establece el marco por el que se regula la igualdad de género en los diversos ámbitos de nuestra sociedad. En el Preámbulo se establece que la violencia de género, la discriminación salarial, la discriminación en las pensiones de viudedad, el mayor desempleo femenino, la todavía escasa presencia de las mujeres en puestos de responsabilidad política, social, cultural y económica, o los problemas de conciliación entre la vida personal, laboral y familiar muestran cómo la igualdad plena, efectiva, entre mujeres y hombres, aquella «perfecta igualdad que no admitiera poder ni privilegio para unos ni incapacidad para otros», en palabras escritas por John Stuart Mill hace casi 140 años, es todavía hoy una tarea pendiente que precisa de nuevos instrumentos jurídicos.
  • 7. 1. MARCO LEGAL En el Artículo 1 se establece el Objetivo de la Ley: las mujeres y los hombres son iguales en dignidad humana, e iguales en derechos y deberes. Esta Ley tiene por objeto hacer efectivo el derecho de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, en particular mediante la eliminación de la discriminación de la mujer, sea cual fuere su circunstancia o condición, en cualesquiera de los ámbitos de la vida y, singularmente, en las esferas política, civil, laboral, económica, social y cultural para, en el desarrollo de los artículos 9.2 y 14 de la Constitución, alcanzar una sociedad más democrática, más justa y más solidaria. A estos efectos, la Ley establece principios de actuación de los Poderes Públicos, regula derechos y deberes de las personas físicas y jurídicas, tanto públicas como privadas, y prevé medidas destinadas a eliminar y corregir en los sectores público y privado, toda forma de discriminación por razón de sexo.
  • 8. 1. MARCO LEGAL Y en su Artículo 3, se establece que el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres supone la ausencia de toda discriminación, directa o indirecta, por razón de sexo, y, especialmente, las derivadas de la maternidad, la asunción de obligaciones familiares y el estado civil. Si bien la Ley se centra en el ámbito laboral y en las relaciones laborales, también atiende a otros ámbitos, incluidos los formativos y familiares. De hecho aparece recogida la no discriminación por razones de embarazo o maternidad.
  • 10. 2. LA IGUALDAD EN LOS CENTROS Desde los centros educativos se pueden tomar ciertas iniciativas para fomentar y educar en este valor fundamental de nuestra sociedad. Por ello, es importante tomar medidas en el siguientes ámbitos:
  • 11. 2. LA IGUALDAD EN LOS CENTROS • Uso de recursos materiales de manera igualitaria. • Composición equilibrada de número de alumnas y alumnos por nivel. • Índices de resultados escolares por sexos y realización de estudios de causas. • Proporción equilibrada de alumnos y alumnas en el Consejo Escolar y en las asociaciones de alumnos/as.
  • 12. 2. LA IGUALDAD EN LOS CENTROS • Ausencia de violencia de género y sexismo en el aula. • Tratamiento igualitario del alumnado en todas las asignaturas. Expectativas igualitarias en cuanto a su rendimiento. • Uso del lenguaje igualitario en las aulas por parte del profesorado y del alumnado. • Participación en talleres de Igualdad y Prevención de Violencia.
  • 13. 2. LA IGUALDAD EN LOS CENTROS Una escuela igualitaria tiende a: • Uso de los espacios comunes de manera igualitaria. • Composición del claustro: distribución equilibrada de mujeres y hombres por niveles y materias. • Evaluación del sexismo en los materiales/recursos del centro eliminación de aquellos materiales/recursos sexistas. • Composición equilibrada de mujeres y hombres en cargos de responsabilidad.
  • 14. TODOS SOMOS IGUALES Esta foto de Autor desconocido está bajo licencia CC BY-SA
  • 15. 3. ¿QUÉ PODEMOS MEJORAR? En su Artículo 24, la Ley 3/2007, establece que desde los las Administraciones educativas garantizarán un igual derecho a la educación de mujeres y hombres a través de la integración activa, en los objetivos y en las actuaciones educativas, del principio de igualdad de trato, evitando que, por comportamientos sexistas o por los estereotipos sociales asociados, se produzcan desigualdades entre mujeres y hombres. Y en el ámbito de sus respectivas competencias, desarrollarán, con tal finalidad, las siguientes actuaciones:
  • 16. 3. ¿QUÉ PODEMOS MEJORAR? a) La atención especial en los currículos y en todas las etapas educativas al principio de igualdad entre mujeres y hombres. b) La eliminación y el rechazo de los comportamientos y contenidos sexistas y estereotipos que supongan discriminación entre mujeres y hombres, con especial consideración a ello en los libros de texto y materiales educativos. c) La integración del estudio y aplicación del principio de igualdad en los cursos y programas para la formación inicial y permanente del profesorado. d) La promoción de la presencia equilibrada de mujeres y hombres en los órganos de control y de gobierno de los centros docentes. e) La cooperación con el resto de las Administraciones educativas para el desarrollo de proyectos y programas dirigidos a fomentar el conocimiento y la difusión, entre las personas de la comunidad educativa, de los principios de coeducación y de igualdad efectiva entre mujeres y hombres. f) El establecimiento de medidas educativas destinadas al reconocimiento y enseñanza del papel de las mujeres en la Historia.
  • 17. 3. ¿QUÉ PODEMOS MEJORAR? Vocabulario: a través de los cuales excluimos al colectivo femenino Masculinos genéricos a través de los cuales excluimos al colectivo femenino. Refranes sexistas a través de los cuales se denigra a las mujeres (“Los hombres son demonios, eso dicen las mujeres; pero todas están deseando que el demonio se las lleve”). Duales aparentes a través de los cuales se denigra a las mujeres (zorra- zorro, hombre público-mujer pública), mediante vocablos que al cambiar de género gramatical adquieren una connotación muy negativa. Profesiones y cargos en masculino o en femenino utilizándose independientemente del sexo de la persona, a través de los cuales se invisibiliza una parte de la sociedad y se fomentan ciertas profesiones y status para uno y otro sexo (gestor, director, enfermera, ama de casa).
  • 18. 3. ¿QUÉ PODEMOS MEJORAR? • En la orientación académica y profesional es fundamental el uso de figuras de mujeres y hombres que trabajen en todo tipo de profesiones. • Presenta ejemplos de mujeres y hombres en profesiones tradicionalmente no asignadas a su sexo y con roles y personalidades variadas: mujeres activas emprendedoras y hombres tiernos cuidadores que rompan con el sexismo. • Analiza el libro de texto que utilizas y las profesiones que sustentan hombres y mujeres, observa en qué medida hombres y mujeres son presentados como personas con las mismas cualidades y destrezas.
  • 19. FINAL TODOS SOMOS IGUALES Esta foto de Autor desconocido está bajo licencia CC BY-SA
  • 20. GRACIAS Esta foto de Autor desconocido está bajo licencia CC BY-NC