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LA FMP ANTE LA IMPOSICION DEL EJECUTIVO DEL SEGURO MEDICO OBLIGATORIO “SOAT MEDICO” Dr. Julio Vargas La Fuente Presidente de la Federación Medica Peruana
ANTECEDENTES Ex congresista fujimorista y notario Oscar Medellius  (Primer intento1998) Natalia Amprimo en dos oportunidades  (2003-2006) Jhonny Lescano en el presente gobierno 2006. FOROSalud, en el presente gobierno Presidente de la Republica  reviviendo a Natale Amprimo Congresistas de la Republica (Oficialismo) Dr. Luís Daniel Wilson Ugarte, Nidia Vilchez Yucra, Mario Alegría Pastor, Jorge Flores Torres, Daniel Robles López, Fabiola Salazar Leguia.
PROYECTOS DE LEY QUE ESTAN SIENDO DEBATIDOS CON ALGUNAS VARIANTES 1.-  Proyecto de Ley N°077-2006-CR- Ley que crea el Fondo de Riesgo del ejercicio del profesional de la medicina  Propuesto por el Congresista Jhony Lescano 2.- Proyecto de Ley N°205-2006-CR- Ley de Derechos y Obligaciones de las personas usuarias de los servicios de salud  Propuesto por FOROSALUD  3.- Proyecto de Ley N°1819-2007-PE- Ley que crea el Seguro Obligatorio de Responsabilidad civil por servicios de salud para todos los profesionales de la salud, incluidos Auxiliares de Enfermería  Propuesto por el Ejecutivo 4.- Proyecto de Ley 1837-2007-PE –  Propone establecer mecanismos para la reparación inmediata, de daños derivados de la atención médica en los establecimientos públicos de salud.  Propuesto también por el Ejecutivo, mediante sus representantes en el Legislativo Dr. Luís Daniel Wilson Ugarte, Nidia Vilchez Yucra, Mario Alegría Pastor, Jorge Flores Torres, Daniel Robles López, Fabiola Salazar Leguia.
Oficio Nº249-2007-PR “ Someter a consideración del Congreso,  Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, el Proyecto de Ley que crea:  El Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil por servicios de Salud
PROYECTO DE LEY 1819-2007-PE Ley que crea el Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil por Servicios de Salud Articulo 1º OBJETO DE LA LEY Es objeto de la presente Ley, otorgar el derecho a los ciudadano usuarios de los servicios de salud, a recibir una indemnización cuando sean victimas de lesiones, invalidez o muerte por impericia, error, omisión, imprudencia o negligencia de los  profesionales de la salud y de los técnicos y auxiliares asistenciales de la salud
Proyecto de Ley 1837-2007-PE  Propone establecer mecanismos para la reparación inmediata, de daños derivados de la atención médica en los establecimientos públicos de salud.  Conformación de Comités de Defensa del Paciente En 24 horas se decidirá si se recibe o no la queja o denuncia Establecimiento de salud se harán responsables de administrar fondo de resarcimiento Las partes (profesional de salud – paciente) pueden iniciar además procesos judiciales y administrativos Si se demuestra que hubo mala praxis el profesional de salud, tendrá que costear y desembolsar los montos que fue entregado al paciente, así como, resarcir los daños ocasionados.
TEXTO SUSTITUTORIO   Predictamen N°008-2008-CSPFP-CR Extiende dichas disposición a profesionales, no profesionales, técnicos , auxiliares asistenciales de salud  u otros trabajadores, sea cual fuera el vinculo laboral. Se creara el Fondo de Riesgo en los Servicios de Salud, como persona jurídica sin fines de lucro, supervisada por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradores de Fondos de Pensiones, con recursos diversos, entre otros: Los Aportes de los Colegios Profesionales de la salud El 30% de los ingresos obtenidos por la venta de formatos de certificados médicos Estarán en función a su especialidad y  a su categorización  En un plazo no mayor de dos días hábiles, emitirán un informe y a propuesta se otorgara Una ayuda solidaria, si hay indicios de presunta mala praxis, aun no comprobados. No tendrá carácter indemnizatorio. Si se demuestra indicios graves de mala praxis, el reconocimiento de una indemnización y el profesional sufragara los gastos que irrogue el restablecimiento del paciente.
? Si Luego de un proceso judicial se demuestra que no hubo tales actos negligentes. Los profesionales de la salud tendrán que iniciar un proceso en contra del paciente por haber recibido dicho desembolso?
LEGISLACIÓN EXCESIVA Código Penal  - arts. 92º,111º y 124º. Código Civil  : por responsabilidad contractual o extracontractual . Estableciendo además, los montos indemnizatorios si se comprobara el acto negligente Ley General de Salud N°26842,  donde también se posibilita las sanciones respectivas; estableciendo que los recursos humanos de salud, son responsables por daños y perjuicios que ocasionen al paciente  (Art. 36º), Art. 42°,  el establecimiento de salud o servicio médico es solidariamente responsable por los daños y perjuicios que se ocasionan al paciente, derivados del ejercicio negligente, imprudente o imperito de las actividades de los profesionales, técnicos o auxiliares que se desempeñan en éste con relación de dependencia. Art.48º  que responsabiliza exclusivamente al Establecimiento por daños o perjuicios al paciente al no disponer de los medios necesarios o indica además la solidaria responsabilidad del Establecimiento con los recursos humanos en caso del ejercicio negligente, imprudente o imperito. Código de Ética del Colegio Medico del Perú
Art. 6°.-  “El médico-cirujano asume responsabilidad legal por los efectos del acto médico y el Estado garantiza las condiciones necesarias para su cumplimiento, de acuerdo a lo señalado en los Artículos 4 y 5 de la Ley. No podrá ser obligado a ejercer el acto médico, si las condiciones de infraestructura, equipo o insumos no garantizan una práctica médica ética e idónea, con arreglo al Código de Ética del Colegio Médico del Perú, tomando como referencia las disposiciones sobre acreditación hospitalaria”;  D. Leg. 559 Ley del Trabajo Medico y su Reglamento
QUIENES FINANCIAN  FINALMENTE ESTE FONDO? Entidades financian X RDR u otros, el fondo de resarcimiento a los pacientes victimas de mala praxis Los Aportes de los Colegios Profesionales de la salud Con el 30% del pago por Certificado Medico. 6208 Centros de Salud
QUIEN FINANCIAN REALMENTE?? Los pacientes (RDR)
¿ QUIENES SON LOS PRINCIPALES NEGLIGENTES SANITARIOS?   ¡Los Funcionarios de Estado!
QUIEN FISCALIZA?? EL MINSA?? Después de haber transferido todas las competencias al Municipio de Lima y a los Gobiernos Regionales??
ESTA ES LA SITUACION SANITARIA DEL PAÍS
Quejas y denuncias judiciales generadas  ante los colegios profesionales es menor al 0.0003 % de las atenciones brindadas Población usuaria de los servicios de salud es aprox. de  8 235, 054 en Lima y Callao, Numero de atenciones de 48 496 409 (MINSA-ESSALUD-Fuerzas Armadas y Policiales y otros)
ESTABLECIMIENTOS DE SALUD DEL SECTOR SEGÚN INSTITUCIONES
PRINCIPALES HOSPITALES DE LIMA Y CALLAO  Hospital Nacional Arzobispo Loayza, con 458 Años, Hospital Nacional Dos De Mayo con 469 Años,  Hospital San Bartolomé, 359 Años,  Instituto Materno Perinatal con 181 Años,  Instituto De Salud Del Niño con 78 Años,  Hospital Daniel A. Carrión, con 65 Años,  Hospital Hipólito Unanue, con 64 Años,  Ni que hablar de los hospitales del interior del país que han sido declarados patrimonios de la humanidad por la antigüedad de sus estructuras.
CRISIS EN EL SECTOR Colapso en la Infraestructura Falta de Equipamiento Desabastecimiento de Medicamentos
MIENTRAS EL EJECUTIVO PROPONE PROYECTOS DE LEY AJENOS A LA REALIDAD SANITARIA La pobreza y extrema pobreza sigue acrecentadose El 25% de nuestra población no accede a ningún tipo de servicios de salud. El presupuesto de nuestro país, sigue comparándose a países subsaharianos, con un 4.1 % del PBI La salud esta fraccionada en distintos subsistemas de salud, que caóticamente siguen brindando salud en nuestro país (ESSALUD, MINSA, Fuerzas Armadas, Fuerzas Policiales, Hospitales Municipales, etc.) Se sigue implementando normas privatistas, como la Municipalización de los Hospitales y Servicios de Salud
50% de la población son de pobreza y extrema pobreza. Lo cual se agrava al existir grandes diferencias entre los niveles socio económicos POBREZA EN EL PERÚ Solo el 10% de peruanos tienen ingresos 12 veces mas que el 50% aludido.
DESNUTRICIÓN CRÓNICA  Y POBREZA
Población sin acceso a agua potable y sin desagüe según Regiones. Perú 2003.
ANALFABETISMO Aun el 12% de la población es analfabeta, en las áreas rurales y en las mujeres alcanza el 25 y 18%.
**PARTICIPACIÓN DEL SECTOR SALUD CON RESPECTO AL PRESUPUESTO GENERAL DE LA REPUBLICA Y EL PBI PRESUPUESTO DEL SECTOR
GASTO EN SALUD Grupos de países    Gasto Nacional   Gasto Público      en Salud/PIB    en Salud/PBI Perú   4,7- 5,0   2,8 América Latina y Caribe     7,3     3,1 Estados Unidos  13,0   5,6 Unión Europea   9,0   6,6 Europa del Este    5,6   -- Medio Este y Norte de África  4,7   -- África Subsahariana     --   < 2 Total mundial       (1,4-13,0)   4,2 Fuentes: OMS, OPS, MINSA-OPS
El sector salud fraccionado Establecimientos PUBLICOS de salud para la prestación de servicios MINSA, EsSalud, Sanidad, Gob. Reg Nivel Central Hospit. e Instit. DIRESAS MINSA CND DEFENSA INTERIOR TRABAJO EsSalud Establecimientos  PRIVADOS Se duplica inversiones Se generan conflictos y  desorden normativo Subsidios  cruzados que  incrementan la inequidad La rectoría del sector es múltiple
 
Informe sobre la Salud en el Mundo 2000, OPS *  Lugar ocupado por el país entre los 191 países estuadiados DESEMPEÑO DE LOS SISTEMAS DE SALUD* REGIÓN PANAMERICANA Nivel de EDAD Capacidad de Respuestas Equidad de la Contrib .Financ. Logro Global de Metas Gasto en Salud Per Capita Desempeño  Global del Sist . Bolivia Chile Colombia Costa Rica Ecuador Paraguay Perú Uruguay Venezuela 133 32 74 40 93 71 105 37 52 151 45 82 68 76 97 172 41 69 68 168 1  ? 64 88 177 184 35 98 117 33 41 45 107 73 115 50 65 101 (9) 44  (2) 49  (3)  ? 50  (4) 97  (8) 91  (1) 78  (6) 33  (1) 68  (5)  ? 126 33 22 36 111 57 129 65 54
NO EXISTEN POLITICAS EN SALUD, NI EN RECURSOS HUMANOS
RECURSOS HUMANOS Médicos del interior del país y médicos residentes, no perciben el total de AETAS (Asignación Extraordinaria de Trabajo Asistencial), no perciben bonificación por labor en zonas de menor desarrollo, selva y altura.  Médicos Residentes laboran bajo la modalidad “académica” dejándoles de pagar el total de guardias que trabajan, no se les paga alimentación, canasta y otras bonificaciones que por ley les corresponde. Profesionales de salud trabajan en zonas de pobreza y extrema pobreza por el Programa Juntos, sin recibir el pago ofrecido. Médicos y demás trabajadores de salud que laboran en ESSALUD, ganan 4 sueldos adicionales anuales mas que los del MINSA. Los médicos que laboran en las Fuerzas Armadas y policiales no perciben la nivelación de acuerdo con la Ley del Trabajo Medico, tampoco se les pagan el total de guardias laboradas.
RECURSOS HUMANOS   Se firmo un acta de diciembre del 2003, que decía: NO MAS CONTRATACION DE MEDICOS. Incumplido!!!! Mas de 1500 médicos contratados y sub empleados por services y a destajo, con sueldos que oscilan en s/.1000 (mil soles) mensuales Personal de salud (profesionales y no profesionales) con sueldos paupérrimos de s/. 300. (trescientos nuevos soles) en lugares alejados de la ciudad. Médicos nombrados bajo la Ley 28220, no pueden capacitarse, por restricción de la ley.  Médicos destacados anualmente, tienen que entrar en zozobra por la renovación de sus destaques. Mucho menos de reasignación NO EXISTE POLITICAS DE CAPACITACION EN EL SECTOR.
ESTÁ DEMOSTRADO INTERNACIONALMENTE QUE LA IMPLEMENTACIÓN DE ESTA CLASE DE SEGUROS SOLO OCASIONARÍA:   Un vertiginoso aumento de demandas judiciales.  Mayores desembolsos de dinero a cargo de las compañías de seguros. Un aumento de precios de las pólizas de seguros, por especialidad y por grado de riesgo del profesional de la salud. Una ostensible exageración en brindar calidad de atención, por cuanto los profesionales y no profesionales de la salud tendrían que garantizar la atención de salud con análisis y diagnósticos adicionales para no estar propenso a esta clase de demandas.
… ..  Una merma significativa en la economía de nuestro país; por cuanto el Estado tendrá que desembolsar cifras considerables a dichos fondos, lo cual podría ser desembolsado para el apoyo en el refaccionamiento y repotenciacion de todos los servicios de salud. Aumento de los costos en las  prestaciones de salud y demás diagnósticos. Un perjuicio profesional, emocional y personal del profesional de salud denunciado, más aun si luego se demuestra su inocencia.
DANZA DE MILLONES Si pagásemos $50 mensuales 1 año = $600 400.000 trabajadores $ 240 millones de dólares 720 millones de soles anuales
INTERROGANTES ¿Cuántos de los pacientes que han interpuesto demandas judiciales han sido debidamente indemnizados? ¿Quiénes serán los peritos que definan mala praxis? ¿Quién garantiza los montos indemnizatorios razonables e inmediatos? ¿Cómo lidiar con el staff de las aseguradoras? ¿Impondrán SOAT para abogados, Ingenieros, Periodistas, Parlamentarios’  ¿Se garantizará el debido proceso en estos casos? Si ocurriesen denuncias y quejas sobre actos o conducta humanas, estos están sujetos a probanza e investigación, respetando los derechos y garantías de las partes, como son el derecho a un debido proceso, al Principio de Legalidad, presunción de inocencia, etc, no como se pretende efectivizar bajo mecanismos de por si innecesarios. ?
INTERROGANTES ¿El Estado dispone y brinda el presupuesto, infraestructura, equipamiento y las remuneraciones adecuadas que evitarías los daños al paciente? En el caso de que las instituciones de salud, sean las responsables de los pagos, cuanto presupuesto tendrá que otorgárseles?. Si vemos que el Estado adeuda a las instituciones de salud por diversos rubros, (Seguro Integral de Salud, entre otros), desfinanciando a las mismas que tienen que utilizar otras modalidades presupuestarias (RDR -dinero del paciente). Quien será el mas perjudicado, si el gobierno no cumple con sus propias instituciones de salud? ¿Cómo se evitaría el proceso de engorrosos y prolongados trámites legales en los que se verá inmerso el paciente, para comprobar si fue victima de una negligencia? ¿Quién o quienes serian los encargados de determinar la existencia o ausencia del daño? ?
? ¿Quién o quienes en última instancia decidirían el tipo de sanción y la procedencia o no de las indemnizaciones? ¿Cuántos abogados, personal administrativo y demás, tendrán que contratar las instituciones del estado para defender las demandas que inicien los pacientes y cuanto irrogaría al fisco nacional? Que haríamos si en la vía judicial, nos absuelven de toda culpabilidad. Los profesionales de la salud tendrán que iniciar una demanda al paciente? Si se efectiviza ese pago, cuanto tiempo la aseguradora pagará a los pacientes? INTERROGANTES
¿Que hacer? Reducir mortalidad Infantil  Reducir desnutrición Infantil Disminución de Mortalidad Materna  (Parto Institucional)
¿Que hacer? s/. 2400.000 ( dos mil cuatrocientos millones de soles) Duplicar inicialmente el Presupuesto del sector hasta alcanzar el 8 % del PBI
En el marco de la Universalización de la Salud, el cual unifique los subsistemas fraccionados y aislados que actualmente vienen brindando salud ¿Que hacer? Implementar el Sistema Único de Salud Sanidad de la Policía Clinicas Particulares
Siendo el Poder Judicial el único responsable y encargado Constitucionalmente de hacer cumplir las normas ya descritas, EXIGIMOS: ¿Que hacer en lo inmediato? Una mayor eficiencia y celeridad en el cumplimiento del Código Penal, Cogido civil, Ley General de Salud, Ley del Trabajo Medico y demás normas con el fin de fiscalizar estos supuestos casos de negligencias. Creando mecanismos necesarios para la efectivizacion del mismo.
Otorgar el presupuesto necesario para dicho Poder del Estado, así como, al Ministerio de Salud para la repotenciación de los servicios de salud y la capacitación de los profesionales de la salud. ¿Que hacer en lo inmediato?
FEDERACION MEDICA PERUANA Por un Sistema Único de Salud, hacia la Universalización del Seguro Social equitativo, solidario, con atención gratuita para toda la  población.

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Federacion Médica del Perú Y El Soat Médico

  • 1. LA FMP ANTE LA IMPOSICION DEL EJECUTIVO DEL SEGURO MEDICO OBLIGATORIO “SOAT MEDICO” Dr. Julio Vargas La Fuente Presidente de la Federación Medica Peruana
  • 2. ANTECEDENTES Ex congresista fujimorista y notario Oscar Medellius (Primer intento1998) Natalia Amprimo en dos oportunidades (2003-2006) Jhonny Lescano en el presente gobierno 2006. FOROSalud, en el presente gobierno Presidente de la Republica reviviendo a Natale Amprimo Congresistas de la Republica (Oficialismo) Dr. Luís Daniel Wilson Ugarte, Nidia Vilchez Yucra, Mario Alegría Pastor, Jorge Flores Torres, Daniel Robles López, Fabiola Salazar Leguia.
  • 3. PROYECTOS DE LEY QUE ESTAN SIENDO DEBATIDOS CON ALGUNAS VARIANTES 1.- Proyecto de Ley N°077-2006-CR- Ley que crea el Fondo de Riesgo del ejercicio del profesional de la medicina Propuesto por el Congresista Jhony Lescano 2.- Proyecto de Ley N°205-2006-CR- Ley de Derechos y Obligaciones de las personas usuarias de los servicios de salud Propuesto por FOROSALUD 3.- Proyecto de Ley N°1819-2007-PE- Ley que crea el Seguro Obligatorio de Responsabilidad civil por servicios de salud para todos los profesionales de la salud, incluidos Auxiliares de Enfermería Propuesto por el Ejecutivo 4.- Proyecto de Ley 1837-2007-PE – Propone establecer mecanismos para la reparación inmediata, de daños derivados de la atención médica en los establecimientos públicos de salud. Propuesto también por el Ejecutivo, mediante sus representantes en el Legislativo Dr. Luís Daniel Wilson Ugarte, Nidia Vilchez Yucra, Mario Alegría Pastor, Jorge Flores Torres, Daniel Robles López, Fabiola Salazar Leguia.
  • 4. Oficio Nº249-2007-PR “ Someter a consideración del Congreso, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, el Proyecto de Ley que crea: El Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil por servicios de Salud
  • 5. PROYECTO DE LEY 1819-2007-PE Ley que crea el Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil por Servicios de Salud Articulo 1º OBJETO DE LA LEY Es objeto de la presente Ley, otorgar el derecho a los ciudadano usuarios de los servicios de salud, a recibir una indemnización cuando sean victimas de lesiones, invalidez o muerte por impericia, error, omisión, imprudencia o negligencia de los profesionales de la salud y de los técnicos y auxiliares asistenciales de la salud
  • 6. Proyecto de Ley 1837-2007-PE Propone establecer mecanismos para la reparación inmediata, de daños derivados de la atención médica en los establecimientos públicos de salud. Conformación de Comités de Defensa del Paciente En 24 horas se decidirá si se recibe o no la queja o denuncia Establecimiento de salud se harán responsables de administrar fondo de resarcimiento Las partes (profesional de salud – paciente) pueden iniciar además procesos judiciales y administrativos Si se demuestra que hubo mala praxis el profesional de salud, tendrá que costear y desembolsar los montos que fue entregado al paciente, así como, resarcir los daños ocasionados.
  • 7. TEXTO SUSTITUTORIO Predictamen N°008-2008-CSPFP-CR Extiende dichas disposición a profesionales, no profesionales, técnicos , auxiliares asistenciales de salud u otros trabajadores, sea cual fuera el vinculo laboral. Se creara el Fondo de Riesgo en los Servicios de Salud, como persona jurídica sin fines de lucro, supervisada por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradores de Fondos de Pensiones, con recursos diversos, entre otros: Los Aportes de los Colegios Profesionales de la salud El 30% de los ingresos obtenidos por la venta de formatos de certificados médicos Estarán en función a su especialidad y a su categorización En un plazo no mayor de dos días hábiles, emitirán un informe y a propuesta se otorgara Una ayuda solidaria, si hay indicios de presunta mala praxis, aun no comprobados. No tendrá carácter indemnizatorio. Si se demuestra indicios graves de mala praxis, el reconocimiento de una indemnización y el profesional sufragara los gastos que irrogue el restablecimiento del paciente.
  • 8. ? Si Luego de un proceso judicial se demuestra que no hubo tales actos negligentes. Los profesionales de la salud tendrán que iniciar un proceso en contra del paciente por haber recibido dicho desembolso?
  • 9. LEGISLACIÓN EXCESIVA Código Penal - arts. 92º,111º y 124º. Código Civil : por responsabilidad contractual o extracontractual . Estableciendo además, los montos indemnizatorios si se comprobara el acto negligente Ley General de Salud N°26842, donde también se posibilita las sanciones respectivas; estableciendo que los recursos humanos de salud, son responsables por daños y perjuicios que ocasionen al paciente (Art. 36º), Art. 42°, el establecimiento de salud o servicio médico es solidariamente responsable por los daños y perjuicios que se ocasionan al paciente, derivados del ejercicio negligente, imprudente o imperito de las actividades de los profesionales, técnicos o auxiliares que se desempeñan en éste con relación de dependencia. Art.48º que responsabiliza exclusivamente al Establecimiento por daños o perjuicios al paciente al no disponer de los medios necesarios o indica además la solidaria responsabilidad del Establecimiento con los recursos humanos en caso del ejercicio negligente, imprudente o imperito. Código de Ética del Colegio Medico del Perú
  • 10. Art. 6°.- “El médico-cirujano asume responsabilidad legal por los efectos del acto médico y el Estado garantiza las condiciones necesarias para su cumplimiento, de acuerdo a lo señalado en los Artículos 4 y 5 de la Ley. No podrá ser obligado a ejercer el acto médico, si las condiciones de infraestructura, equipo o insumos no garantizan una práctica médica ética e idónea, con arreglo al Código de Ética del Colegio Médico del Perú, tomando como referencia las disposiciones sobre acreditación hospitalaria”; D. Leg. 559 Ley del Trabajo Medico y su Reglamento
  • 11. QUIENES FINANCIAN FINALMENTE ESTE FONDO? Entidades financian X RDR u otros, el fondo de resarcimiento a los pacientes victimas de mala praxis Los Aportes de los Colegios Profesionales de la salud Con el 30% del pago por Certificado Medico. 6208 Centros de Salud
  • 12. QUIEN FINANCIAN REALMENTE?? Los pacientes (RDR)
  • 13. ¿ QUIENES SON LOS PRINCIPALES NEGLIGENTES SANITARIOS? ¡Los Funcionarios de Estado!
  • 14. QUIEN FISCALIZA?? EL MINSA?? Después de haber transferido todas las competencias al Municipio de Lima y a los Gobiernos Regionales??
  • 15. ESTA ES LA SITUACION SANITARIA DEL PAÍS
  • 16. Quejas y denuncias judiciales generadas ante los colegios profesionales es menor al 0.0003 % de las atenciones brindadas Población usuaria de los servicios de salud es aprox. de 8 235, 054 en Lima y Callao, Numero de atenciones de 48 496 409 (MINSA-ESSALUD-Fuerzas Armadas y Policiales y otros)
  • 17. ESTABLECIMIENTOS DE SALUD DEL SECTOR SEGÚN INSTITUCIONES
  • 18. PRINCIPALES HOSPITALES DE LIMA Y CALLAO Hospital Nacional Arzobispo Loayza, con 458 Años, Hospital Nacional Dos De Mayo con 469 Años, Hospital San Bartolomé, 359 Años, Instituto Materno Perinatal con 181 Años, Instituto De Salud Del Niño con 78 Años, Hospital Daniel A. Carrión, con 65 Años, Hospital Hipólito Unanue, con 64 Años, Ni que hablar de los hospitales del interior del país que han sido declarados patrimonios de la humanidad por la antigüedad de sus estructuras.
  • 19. CRISIS EN EL SECTOR Colapso en la Infraestructura Falta de Equipamiento Desabastecimiento de Medicamentos
  • 20. MIENTRAS EL EJECUTIVO PROPONE PROYECTOS DE LEY AJENOS A LA REALIDAD SANITARIA La pobreza y extrema pobreza sigue acrecentadose El 25% de nuestra población no accede a ningún tipo de servicios de salud. El presupuesto de nuestro país, sigue comparándose a países subsaharianos, con un 4.1 % del PBI La salud esta fraccionada en distintos subsistemas de salud, que caóticamente siguen brindando salud en nuestro país (ESSALUD, MINSA, Fuerzas Armadas, Fuerzas Policiales, Hospitales Municipales, etc.) Se sigue implementando normas privatistas, como la Municipalización de los Hospitales y Servicios de Salud
  • 21. 50% de la población son de pobreza y extrema pobreza. Lo cual se agrava al existir grandes diferencias entre los niveles socio económicos POBREZA EN EL PERÚ Solo el 10% de peruanos tienen ingresos 12 veces mas que el 50% aludido.
  • 23. Población sin acceso a agua potable y sin desagüe según Regiones. Perú 2003.
  • 24. ANALFABETISMO Aun el 12% de la población es analfabeta, en las áreas rurales y en las mujeres alcanza el 25 y 18%.
  • 25. **PARTICIPACIÓN DEL SECTOR SALUD CON RESPECTO AL PRESUPUESTO GENERAL DE LA REPUBLICA Y EL PBI PRESUPUESTO DEL SECTOR
  • 26. GASTO EN SALUD Grupos de países Gasto Nacional Gasto Público en Salud/PIB en Salud/PBI Perú 4,7- 5,0 2,8 América Latina y Caribe 7,3 3,1 Estados Unidos 13,0 5,6 Unión Europea 9,0 6,6 Europa del Este 5,6 -- Medio Este y Norte de África 4,7 -- África Subsahariana -- < 2 Total mundial (1,4-13,0) 4,2 Fuentes: OMS, OPS, MINSA-OPS
  • 27. El sector salud fraccionado Establecimientos PUBLICOS de salud para la prestación de servicios MINSA, EsSalud, Sanidad, Gob. Reg Nivel Central Hospit. e Instit. DIRESAS MINSA CND DEFENSA INTERIOR TRABAJO EsSalud Establecimientos PRIVADOS Se duplica inversiones Se generan conflictos y desorden normativo Subsidios cruzados que incrementan la inequidad La rectoría del sector es múltiple
  • 28.  
  • 29. Informe sobre la Salud en el Mundo 2000, OPS * Lugar ocupado por el país entre los 191 países estuadiados DESEMPEÑO DE LOS SISTEMAS DE SALUD* REGIÓN PANAMERICANA Nivel de EDAD Capacidad de Respuestas Equidad de la Contrib .Financ. Logro Global de Metas Gasto en Salud Per Capita Desempeño Global del Sist . Bolivia Chile Colombia Costa Rica Ecuador Paraguay Perú Uruguay Venezuela 133 32 74 40 93 71 105 37 52 151 45 82 68 76 97 172 41 69 68 168 1 ? 64 88 177 184 35 98 117 33 41 45 107 73 115 50 65 101 (9) 44 (2) 49 (3) ? 50 (4) 97 (8) 91 (1) 78 (6) 33 (1) 68 (5) ? 126 33 22 36 111 57 129 65 54
  • 30. NO EXISTEN POLITICAS EN SALUD, NI EN RECURSOS HUMANOS
  • 31. RECURSOS HUMANOS Médicos del interior del país y médicos residentes, no perciben el total de AETAS (Asignación Extraordinaria de Trabajo Asistencial), no perciben bonificación por labor en zonas de menor desarrollo, selva y altura. Médicos Residentes laboran bajo la modalidad “académica” dejándoles de pagar el total de guardias que trabajan, no se les paga alimentación, canasta y otras bonificaciones que por ley les corresponde. Profesionales de salud trabajan en zonas de pobreza y extrema pobreza por el Programa Juntos, sin recibir el pago ofrecido. Médicos y demás trabajadores de salud que laboran en ESSALUD, ganan 4 sueldos adicionales anuales mas que los del MINSA. Los médicos que laboran en las Fuerzas Armadas y policiales no perciben la nivelación de acuerdo con la Ley del Trabajo Medico, tampoco se les pagan el total de guardias laboradas.
  • 32. RECURSOS HUMANOS Se firmo un acta de diciembre del 2003, que decía: NO MAS CONTRATACION DE MEDICOS. Incumplido!!!! Mas de 1500 médicos contratados y sub empleados por services y a destajo, con sueldos que oscilan en s/.1000 (mil soles) mensuales Personal de salud (profesionales y no profesionales) con sueldos paupérrimos de s/. 300. (trescientos nuevos soles) en lugares alejados de la ciudad. Médicos nombrados bajo la Ley 28220, no pueden capacitarse, por restricción de la ley. Médicos destacados anualmente, tienen que entrar en zozobra por la renovación de sus destaques. Mucho menos de reasignación NO EXISTE POLITICAS DE CAPACITACION EN EL SECTOR.
  • 33. ESTÁ DEMOSTRADO INTERNACIONALMENTE QUE LA IMPLEMENTACIÓN DE ESTA CLASE DE SEGUROS SOLO OCASIONARÍA: Un vertiginoso aumento de demandas judiciales. Mayores desembolsos de dinero a cargo de las compañías de seguros. Un aumento de precios de las pólizas de seguros, por especialidad y por grado de riesgo del profesional de la salud. Una ostensible exageración en brindar calidad de atención, por cuanto los profesionales y no profesionales de la salud tendrían que garantizar la atención de salud con análisis y diagnósticos adicionales para no estar propenso a esta clase de demandas.
  • 34. … .. Una merma significativa en la economía de nuestro país; por cuanto el Estado tendrá que desembolsar cifras considerables a dichos fondos, lo cual podría ser desembolsado para el apoyo en el refaccionamiento y repotenciacion de todos los servicios de salud. Aumento de los costos en las prestaciones de salud y demás diagnósticos. Un perjuicio profesional, emocional y personal del profesional de salud denunciado, más aun si luego se demuestra su inocencia.
  • 35. DANZA DE MILLONES Si pagásemos $50 mensuales 1 año = $600 400.000 trabajadores $ 240 millones de dólares 720 millones de soles anuales
  • 36. INTERROGANTES ¿Cuántos de los pacientes que han interpuesto demandas judiciales han sido debidamente indemnizados? ¿Quiénes serán los peritos que definan mala praxis? ¿Quién garantiza los montos indemnizatorios razonables e inmediatos? ¿Cómo lidiar con el staff de las aseguradoras? ¿Impondrán SOAT para abogados, Ingenieros, Periodistas, Parlamentarios’ ¿Se garantizará el debido proceso en estos casos? Si ocurriesen denuncias y quejas sobre actos o conducta humanas, estos están sujetos a probanza e investigación, respetando los derechos y garantías de las partes, como son el derecho a un debido proceso, al Principio de Legalidad, presunción de inocencia, etc, no como se pretende efectivizar bajo mecanismos de por si innecesarios. ?
  • 37. INTERROGANTES ¿El Estado dispone y brinda el presupuesto, infraestructura, equipamiento y las remuneraciones adecuadas que evitarías los daños al paciente? En el caso de que las instituciones de salud, sean las responsables de los pagos, cuanto presupuesto tendrá que otorgárseles?. Si vemos que el Estado adeuda a las instituciones de salud por diversos rubros, (Seguro Integral de Salud, entre otros), desfinanciando a las mismas que tienen que utilizar otras modalidades presupuestarias (RDR -dinero del paciente). Quien será el mas perjudicado, si el gobierno no cumple con sus propias instituciones de salud? ¿Cómo se evitaría el proceso de engorrosos y prolongados trámites legales en los que se verá inmerso el paciente, para comprobar si fue victima de una negligencia? ¿Quién o quienes serian los encargados de determinar la existencia o ausencia del daño? ?
  • 38. ? ¿Quién o quienes en última instancia decidirían el tipo de sanción y la procedencia o no de las indemnizaciones? ¿Cuántos abogados, personal administrativo y demás, tendrán que contratar las instituciones del estado para defender las demandas que inicien los pacientes y cuanto irrogaría al fisco nacional? Que haríamos si en la vía judicial, nos absuelven de toda culpabilidad. Los profesionales de la salud tendrán que iniciar una demanda al paciente? Si se efectiviza ese pago, cuanto tiempo la aseguradora pagará a los pacientes? INTERROGANTES
  • 39. ¿Que hacer? Reducir mortalidad Infantil Reducir desnutrición Infantil Disminución de Mortalidad Materna (Parto Institucional)
  • 40. ¿Que hacer? s/. 2400.000 ( dos mil cuatrocientos millones de soles) Duplicar inicialmente el Presupuesto del sector hasta alcanzar el 8 % del PBI
  • 41. En el marco de la Universalización de la Salud, el cual unifique los subsistemas fraccionados y aislados que actualmente vienen brindando salud ¿Que hacer? Implementar el Sistema Único de Salud Sanidad de la Policía Clinicas Particulares
  • 42. Siendo el Poder Judicial el único responsable y encargado Constitucionalmente de hacer cumplir las normas ya descritas, EXIGIMOS: ¿Que hacer en lo inmediato? Una mayor eficiencia y celeridad en el cumplimiento del Código Penal, Cogido civil, Ley General de Salud, Ley del Trabajo Medico y demás normas con el fin de fiscalizar estos supuestos casos de negligencias. Creando mecanismos necesarios para la efectivizacion del mismo.
  • 43. Otorgar el presupuesto necesario para dicho Poder del Estado, así como, al Ministerio de Salud para la repotenciación de los servicios de salud y la capacitación de los profesionales de la salud. ¿Que hacer en lo inmediato?
  • 44. FEDERACION MEDICA PERUANA Por un Sistema Único de Salud, hacia la Universalización del Seguro Social equitativo, solidario, con atención gratuita para toda la población.