3. I. ¿Cuales son los factores de crisis ?
• Presión en las fronteras
• Debilidad de la autoridad imperial y
ruina de la vida civil
• Crecimiento burocrático y autoritarismo
imperial
• Fortalecimiento del latifundio
• Decaimiento de las ciudades
• Difusión del Cristianismo y de la
costumbre
5. Cambios políticos. Autoritarismo,
burocratización, y desmembramiento
De “Princeps” a “Dominus”: el culto del emperador
Consolidación del “orientalismo”
=> “sacralización” del poder
Desmembramiento y división del Imperio
Diocleciano y la tetrarquía (293-305)
Constantino y el desplazamiento del centro del Imperio
a Bizancio/Constantinopla (330-395)
El cristianismo trinitario se impone (380)
Teodosio y la División del Imperio Romano de Oriente y
Occidente (395)
“invasiones” (s. V) (Visigodos entran en Roma en 410, los
Vándalos en 455)
creación de reinos que negocian su estatus con Roma
(foedus: federados)
Caída de Roma (476)
II. Reorganización del Imperio
7. Nuevos criterios de diferenciación
social
La “desaparición” de la relevancia de la ciudadanía romana
Extendida a todo el imperio (212 Edicto de Caracalla)
pierde relevancia
Diferencia entre libertad y esclavitud se debilita
Generalización del colonato = empeoramiento de su
condición de servus terrae
“Siervos de la gleba”
Polarización social más fuerte en función de la situación
económica y social
Distinción Honestiores (potentiores) / Humiliores
Tratamiento corporal diferenciado en el derecho: los
honestiores no recibían castigos corporales
Expansión del cristianismo
Aparición de nuevas categorías jurídicas
> herejes, paganos, judíos
Separación laicos/cleros (a cargo de los bienes de las
iglesias)
Nuevos modelos de vida (vida mon ástica
)
Disolución de la “vida civil”
Aparición de “cánones”
Los bárbaros son los nuevos “otros”
Integración a la sociedad romana: repoblamiento y apoyo
militar
Conversión de bárbaros al cristianismo: eliminación de
diferencia entre romano y no romano
8. La evolución del derecho en el
“dominado”
¿Qué instituciones y fuentes del derecho se debilitan?
• Senado, comicios, edicto y jurisprudencia
¿Qué instituciones y fuentes del derecho se fortalecen?
• “Consistorium” o consejo consultivo del emperador (integrado también por eclesiásticos).
• Constituciones imperiales
• CODIFICACIÓN
• Codex de Teodosio (438)
• El retorno de la costumbre: la “vulgarización” del derecho
romano
• Simplificación del derecho romano en las provincias
• Influencia germana
• Autonomía en los latifundios
9. II. Javier Barrientos Grandón, “Derecho,
sociedad y cultura entre la Antigüedad y
el Medioevo,” in Manual de Historia del
Derecho, ed. Jesús Vallejo y Marta Lorente
(Madrid: Tirant Lo Blanch, 2012), 16–34.
10. 1. El Derecho, ¿espacio social de creación
cultural autónomo?
No = Las constituciones son leges que a partir de 438 se aplican a todo el imperio
los juristas pierden su autonomía frente al emperador
Decreta = decisiones judiciales del emperador (1ª y 2ª instancia)
Edicta = perpetuos, similares a los de los magistrados republicanos
Rescripta = respuesta escrita a una petición o consulta
Mandata = instrucciones vinculantes dadas a funcionarios imperiales
No = “Derecho vulgar” y la costumbre
pérdida del lenguaje específico y técnico
No = Importancia creciente de instituciones cristianas
La familia pasa a ser una materia de la competencia de los obispos
El derecho romano es un derecho simplificador, práctico, naturalista y moralizante
. Cambios en la creación del derecho s. III-VI
11. 2. Ampliación del campo operativo del derecho
¿Cuál era la concepción del campo operativo antes?
Civitas => espacio cultural (urbe/orbi)
Derecho => creación de juristas autónomos
Transformaciones evidentes a partir del s. III
• Redefinición de la dicotomía ius privatum/ius publicum
La dicotomía se basa ahora sobre las materias y los contenidos, no las instituciones
• Las personas
Esferas vinculadas a la familia
• Los bienes
Penas pecuniarias en materias de obligaciones
• Derecho criminal
Delitos contra la propiedad privada y la violencia entre personas
Persigue la herejía y el adulterio (religión y moralidad)
Monopolio de la fuerza y penas corporales
• Derecho público
Hacienda pública, ciertos crímenes
Lucha contra la incertidumbre
Finalidad protectora del derecho
Rechazo de la violencia y de la coacción en los actos jurídicos
Asegurar perennidad de los actos jurídicos
. Cambios en la creación del derecho s. III-VI
12. IV. Fuentes del Derecho romano
1. Las Constituciones imperiales y el “ius vetus” (derecho viejo)
Las constituciones imperiales se llaman “leges” y están recopiladas en el Código teodosiano (438)
El “Viejo derecho” : es el derecho clásico (derecho republicano+imperial) / La “ley de cita” de 426
privilegia a cinco autores (Gaius, Pablo, Ulpiano, Papiniano y Modestino)
2. El derecho vulgar, o costumbres provinciales
3. El Corpus Juris Civilis (533)
¿Qué es?
Compilación del derecho romano hecha por el emperador Justiniano a finales del s. VI
Técnicamente: una puesta en orden de las fuentes del derecho que combina teoría y práctica
Políticamente: afirmación de la autoridad imperial y de la superioridad de la cultura romana
Fuente histórica del derecho (fuente segundaria)
Fuente del derecho (fuente primaria)
¿Qué contiene?
El Código justiniano (leyes o constituciones imperiales)
Las Novellae (constituciones de Justiniano)
El Digesto (obras de 38 juristas de la época clásica)
= mezcla de derecho civil + pretoriano
Las institutes = manual
¿Para qué sirve?
1) afirmar que el emperador es la única fuente legislativa
2) descartar la jurisprudencia y controlar la interpretación de la ley
13. Monarquía
753 A.C. a
509 A.C.
República
509 A.C. A 27 A.C.
Alto Imperio o
Principado
27 A.C. a 235
D.C.
Bajo Imperio
o Dominado
235 a 476 (Occidente) o 1453
(Oriente)
Roma Ciudad-
Estado
Expansión
Península
Itálica 396 a
222 A.C.
Expansión imperial
264 A.C. (1ªGuerra Púnica) a 117-150 D.C.
(Máxima extensión)
“Invasiones bárbaras” +
división Imperio Oriente/
Occidente s.III a s. V
Imperio Romano
Bizantino (Oriente)
hasta 1453
Patricios /Plebeyos +
esclavitud doméstica
Orden senatorial / Orden
Ecuestre / proletariado
urbano y campesinado/
Esclavitud masiva/ libertos
Familia del César / Orden
senatorial y ecuestre /
Decuriones (elites
provinciales) / plebe urbana y
rústica / estancamiento
esclavitud
Honestiore/Humiliore - Burocracia
Imperial y militar / latifundistas /
declive ciudades y curias / Colonato /
decae esclavitud
Costumbre y
leyes regias
“ius civile”
ley comicial,
XII Tablas
(451 A.C.)
Derecho
“honorario” de los
magistrados
(Edicto del Pretor)
367 A.C.-131 D.C.
Jurisprudencia
(desarrollo de los
juristas)
Constituciones imperiales /
Codificación Corpus Iuris Civiles
(533 D.C. / costumbre y
“vulgarización”
Religión “pagana”
fusión autoridades
religiosas y
jurídicas
Religión “pagana”, influencia helénica
y secularización 464-304 A.C. a 1 D.C.
Persecución del
Cristianismo 1 d.c. A
313
Cristianismo aceptado
(313); religión oficial (380)
Persecución paganismo y
herejía
212 Edicto de Caracalla: Ciudadanía romana a todo
imperio
14. Goethe habla de la « perdurable vida del derecho romano, que, como un pato buceador, se oculta de vez en
cuando, pero nunca se pierde del todo, y siempre aparece vivo otra vez » (T. Herzog, Breve historia… p. 42)